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Abogado constitucionalista afirma Leonel no podrá ser candidato en elecciones del 2020

LA NOTICIA DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El abogado constitucionalista Cristóbal Rodríguez afirmó que Leonel Fernández no puede postularse como candidato presidencial en las próximas elecciones debido a las prohibiciones establecidas en la Ley de Partido y Reforma Electoral, que son completamente compatibles con la Carta Magna.

Rodríguez estima que podría abrirse un debate en el Tribunal Constitucional, el Tribunal Superior Electoral y presumiblemente en el Tribunal Superior Administrativo  sobre la inconstitucionalidad de estas leyes y a su juicio no tendría ganancia de causa.

“Las opciones, digamos oficiales, serían  o en el Tribunal Constitucional o el Tribunal Superior Electoral plantear una situación de inconstitucionalidad y, a mi juicio, no es inconstitucional las prohibiciones que establecen la Ley Electoral y la Ley de Partidos; son completamente compatibles con la Constitución”, afirmó.

El expresidente Leonel Fernández afirmó que no existe siquiera la necesidad de debatir sobre la opción de presentarse como candidato presidencial a las elecciones del 2020, debido a que está amparado por la Constitución sobre la base  del principio de elegir y ser elegido.

Es postulado por la Fuerza del Pueblo y otras cinco organizaciones, mientras la dirigencia del PLD se enfoca en impedirle competir en el próximo torneo electoral.

En ese sentido, el jurista Rodríguez indicó que ser candidato no es un derecho, pero si participar en una contienda interna por una candidatura.

Explicó que es por mandato constitucional que el legislador decide reglamentar esos  derechos y pone límites en la Ley de Partidos y Reforma Electoral, cuando establece que si un candidato participó en unas primarias internas de un partido, no puede aspirar al mismo cargo por otro partido.

“Para ese torneo usted no puede. La Constitución no te da derecho a ser candidato; ese derecho nadie lo tiene. Usted tiene derecho a competir en igualdad de condiciones con otro y su usted perdió…ya, debe esperar otro proceso”, indicó.

Explicó que estas prohibiciones están muy claramente establecidas en el Artículo 49, Acápite 4, de la Ley de Partido; la Ley de Régimen Electoral, en su Artículo 134 y el Articulo 10, del Reglamento sobre Candidaturas Reservadas de la Junta Central Electoral, en el sentido de que los candidatos que participaron en primarias internas de un partido no pueden presentarse por otro.

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